Nación.Impuesto a las Ganancias
Ganancias: contadores estiman nueva postergación para las declaraciones juradas
Contadores advierten sobre la posibilidad de una nueva prórroga para las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, ante la falta de implementación del nuevo régimen.
Las demoras del Gobierno nacional para implementar el nuevo régimen de Impuesto a las Ganancias Simplificado generan dudas sobre una posible postergación del plazo para presentar las declaraciones juradas del período 2025. Recientemente, se publicó en el Boletín Oficial el decreto reglamentario de Inocencia Fiscal II, que incorpora cambios sugeridos por contadores al ministro Luis Caputo, con el objetivo de facilitar el uso de "dólares del colchón".
Aún falta una Resolución General de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la modificación del aplicativo en su sitio web para que el sistema opere con los nuevos parámetros. Además, se requiere una resolución de la Unidad de Información Financiera (UIF) para evitar la liberación de fondos provenientes de actividades ilícitas.
Los contadores y asesores tributarios consideran que, dado el lento avance del Gobierno, será necesario prorrogar nuevamente el plazo para presentar la declaración jurada de sus clientes, que vence el 30 de octubre. A pesar de las expectativas, el régimen de Impuesto a las Ganancias Simplificado podría no cumplir con su objetivo de permitir a los contribuyentes exteriorizar dinero sin complicaciones.
Analistas advierten que, aunque la ley busca facilitar el uso de dólares no declarados, la falta de adhesión de las provincias podría generar problemas, ya que podrían considerar esos fondos como ingresos no declarados y aplicarles impuestos adicionales. La ley de Inocencia Fiscal II, que busca regularizar esta situación, ha sido objeto de críticas por su falta de claridad y efectividad.
El tributarista Iván Sasovsky destacó que, aunque la ley protege a nivel nacional, los impuestos provinciales siguen siendo un obstáculo. Por su parte, Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó que el Decreto 1253/2026 adapta la reglamentación a la Ley 27.826, pero aún quedan pendientes varias adecuaciones normativas.
Entre las cuestiones que faltan por reglamentar se encuentran la modificación de la RG 5820 por parte de ARCA y la normativa de la UIF sobre el “antecedente favorable”, que es crucial para quienes utilicen fondos no depositados en el sistema financiero. La UIF tiene un plazo de 15 días hábiles desde la vigencia de la ley para dictar esta normativa, que vence el 2 de noviembre de 2026.
Fuente: Ámbito