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    Ley de Vivienda

    Cambios a la Ley de Vivienda Única: la renuncia a la protección solo podrá hacerse ante escribano

    La reforma exige escritura pública o acta notarial para renunciar a la inembargabilidad, pide el consentimiento del cónyuge o conviviente y extiende la protección a las uniones convivenciales.

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    Imagen de viviendas
    Foto: Ámbito

    El Gobierno bonaerense promulgó la Ley 15.638, que modifica la Ley 14.432 de Protección de Vivienda Única y de Ocupación Permanente. Esta reforma establece que la renuncia a la inembargabilidad del inmueble solo podrá formalizarse ante escribano, a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

    La norma, sancionada por la Legislatura el 29 de septiembre, modifica el procedimiento para renunciar a la protección de la vivienda única, que es inembargable e inejecutable salvo que su titular renuncie a esa protección. A partir de ahora, la renuncia deberá formalizarse mediante escritura pública o acta notarial, y el escribano deberá proporcionar información veraz y detallada sobre el alcance y efectos de la renuncia.

    Además, si el inmueble es el hogar familiar y el titular está casado o tiene una unión convivencial inscripta, se requerirá el consentimiento del cónyuge o conviviente para la renuncia. En caso de oposición, ausencia o capacidad restringida del cónyuge, la renuncia solo podrá ser autorizada por un juez si no compromete el interés familiar.

    La ley también establece un límite a los honorarios del escribano, que no podrán superar el 1% de la valuación fiscal del inmueble o del monto de la operación que la motiva, el que sea menor. Asimismo, amplía la protección a los grupos familiares del titular, incluyendo uniones convivenciales, ascendientes y descendientes directos, y garantiza la protección incluso en caso de fallecimiento del titular.

    La iniciativa fue impulsada por el senador de Fuerza Patria, Pedro Borgini, quien destacó que la ley busca garantizar un verdadero entendimiento de la renuncia, dado que la normativa anterior permitía renuncias firmadas en instrumentos privados poco claros, lo que generaba confusión entre los deudores y sus familias.

    Fuente: Ámbito

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