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    Nación.Justicia

    Caso AMIA: el país a las puertas del primer juicio oral en ausencia

    La Cámara Federal de Casación Penal habilitó el juicio en ausencia por el atentado a la AMIA, permitiendo avanzar sin la presencia de los imputados prófugos.

    2 min de lectura

    Juicio en ausencia por el caso AMIA
    Foto: El Litoral

    La Cámara Federal de Casación Penal ha declarado la constitucionalidad del juicio en ausencia en la causa por el atentado contra la AMIA (Asociación Mutual Israelita Argentina), permitiendo que el proceso avance sin la presencia física de los imputados que se encuentran prófugos. El tribunal rechazó un planteo de inconstitucionalidad contra la Ley 27.784, presentado por la defensa oficial, y validó un mecanismo inédito en el país.

    Con esta decisión, se habilita el camino constitucional para el juicio, aunque antes deben confirmarse los procesamientos dictados por el juez Daniel Rafecas, que han sido apelados. La AMIA, que actúa como querellante en la causa, celebró la decisión de Casación, considerando que abre una vía concreta para avanzar contra los acusados que permanecen fuera del país. La entidad destacó que este pronunciamiento es un paso relevante tras más de tres décadas sin juzgamiento y subrayó que la permanencia de los imputados en el exterior no puede impedir el ejercicio del derecho a la verdad y el acceso a la justicia.

    La Sala II de la Cámara, compuesta por Ángela Ledesma, Diego Barroetaveña y Carlos Mahiques, rechazó por unanimidad el planteo de la defensa oficial, que cuestionaba la constitucionalidad del régimen sancionado en febrero de 2025. La defensa argumentó que la legislación no garantizaba adecuadamente el derecho a un nuevo juicio con la presencia del imputado, en caso de que alguno de los acusados fuera condenado en ausencia y luego se presentara ante la Justicia argentina.

    La Cámara consideró que el planteo era “prematuro y conjetural”, ya que no existe aún una condena dictada en ausencia ni se ha producido la presentación de ninguno de los acusados para reclamar un nuevo juicio. La sentencia aclara que resolver sobre esta cuestión en este momento implicaría emitir una declaración sobre una controversia eventual, dependiente de hechos futuros e inciertos.

    El voto de Barroetaveña también incorporó la obligación internacional asumida por el Estado argentino de avanzar en la investigación del atentado, vinculando la decisión con antecedentes internacionales que responsabilizan al país por las falencias en la investigación. Mahiques, por su parte, había expresado previamente la necesidad de que el Congreso estableciera un mecanismo para juzgar en ausencia delitos de esta naturaleza.

    El atentado contra la AMIA, ocurrido el 18 de julio de 1994, dejó 85 muertos y 151 heridos. La investigación original estuvo marcada por irregularidades, y en el proceso posterior por encubrimiento, varios funcionarios fueron condenados. En abril de 2024, la Cámara Federal de Casación Penal consideró el atentado como un crimen de lesa humanidad.

    Con el nuevo marco legal, el juez Rafecas dictó el procesamiento de ocho ciudadanos iraníes y libaneses, a quienes se les atribuye participación en la planificación y ejecución del atentado. Estos procesamientos deben ser revisados, y si quedan firmes, Rafecas podrá elevar la causa a juicio oral, que podría desarrollarse sin la presencia física de los principales acusados entre 2027 y 2028.

    Fuente: El Litoral

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