Código Contravencional
El gobierno porteño presentó un proyecto para reformar el Código Contravencional
El proyecto, presentado por Jorge Macri, endurece las penas y aumenta las multas por diversas contravenciones, incluyendo la conducción alcoholizada y la venta ilegal en el espacio público.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires presentó un proyecto de reforma integral del Código Contravencional, que modifica en profundidad el marco legal que regula las conductas contrarias a la convivencia urbana. La iniciativa, impulsada por el jefe de Gobierno, Jorge Macri, fue enviada a la Legislatura porteña y abarca desde un aumento sustancial de multas y días de arresto hasta la incorporación de nuevas faltas vinculadas con la protección digital y el orden en el espacio público.
El texto modifica la Ley 1.472 —el Código Contravencional vigente— y la Ley 12 de Procedimiento Contravencional. Las contravenciones son conductas que alteran la convivencia ciudadana, como faltas de tránsito, ruidos molestos y acoso callejero. A diferencia de un delito, que supone una infracción grave, las contravenciones se sancionan principalmente con multas, tareas comunitarias o días de arresto.
El proyecto amplía las herramientas disponibles en las tres categorías y endurece las penas en la mayoría de las contravenciones. Además, agrega faltas relacionadas con conductas digitales y con la ocupación irregular del espacio público. Macri afirmó que “al delincuente menor de edad que rompe la ley sabiendo que no va a tener consecuencias; al que acosa, sigue o acecha a una persona en la calle; al estafador que se hace pasar por un banco para engañar a alguien y robarle sus datos; al puntero que financia agrupaciones violentas; al delincuente que lleva una bomba molotov a una manifestación: a todos ellos, bajo mi gestión, se les terminó la impunidad”.
Uno de los cambios más visibles involucra las sanciones por conducción bajo los efectos del alcohol. Con la reforma, la multa pasaría a un rango de 1.000 a 6.000 unidades fijas (UF), superando los $7.038.480 en su techo, mientras que el arresto se extendería a entre 5 y 30 días y la inhabilitación de la licencia escalaría a un mínimo de 6 meses y un máximo de 4 años.
Las sanciones por actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público también se elevan. El proyecto fija un nuevo máximo de 50.000 UF, equivalente a $58.654.000, casi cuatro veces el límite previo. En materia de reincidencia, los aumentos de pena escalan según el número de recaídas: 50% para la primera, 66,6% para la segunda y 100% para la tercera. Además, la definición de reincidente se amplía, ya no es necesario que la falta repetida sea exactamente la misma.
Para los trapitos, la reincidencia elevaría el arresto de 60 a 90 días. Los reincidentes quedarían excluidos del régimen de arresto domiciliario, salvo excepciones debidamente fundadas. El proyecto crea un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público para dar seguimiento a esos casos.
Las multas por ruidos molestos treparían desde el techo vigente de 100 UF ($117.308) hasta 600 UF ($703.848), y se incorporaría la posibilidad de hasta 10 días de arresto. La reforma también incorpora nuevas contravenciones, como el seguimiento o acecho en la vía pública y la obtención de credenciales mediante engaños digitales.
En el plano procesal, la reforma suprime la condena en suspenso y excluye, para adultos, la suspensión del proceso a prueba como salida alternativa. El plazo general de prescripción de la acción se mantiene en dos años.
El capítulo más novedoso de la iniciativa atañe a los adolescentes de entre 14 y 17 años. La reforma fija la imputabilidad desde los 14, pero bajo un régimen diferenciado: no pueden ser detenidos, deben contar con una defensa especializada y las sanciones apuntan a la responsabilización, la educación y la integración social.
La iniciativa deberá ahora pasar por el debate parlamentario antes de su eventual sanción.
Fuente: Infobae