Nación.Categorización de CEREP
La Justicia ordenó al Gobierno mantener las prestaciones de un centro que atiende a personas con discapacidad
La Justicia federal ordenó mantener la categorización de CEREP, garantizando la atención de 61 personas con discapacidad tras detectar irregularidades en su funcionamiento.
La Justicia federal ha ordenado al Gobierno nacional mantener la categorización del Centro de Rehabilitación y Educación Psicomotriz (CEREP), que atiende a 61 personas con discapacidad, incluyendo niños, adolescentes y adultos con autismo, psicosis y discapacidad intelectual. Esta decisión frena la exclusión de la institución del Registro Nacional de Prestadores, lo que podría haber comprometido la continuidad de tratamientos y prestaciones de alojamiento.
El fallo fue dictado por el juez Walter Lara Correa, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 10, quien hizo lugar a una medida cautelar presentada por CEREP. La resolución, firmada el 5 de noviembre, ordenó una nueva inspección y citó las “Reglas Papa Francisco para el trato humano de personas excluidas”. La cautelar no anuló el procedimiento administrativo iniciado por el Gobierno, pero dispuso que el establecimiento conserve su inscripción hasta que se realice la nueva inspección y se comuniquen los resultados al tribunal en un plazo de diez días.
El conflicto se originó tras una auditoría realizada el 12 de junio de 2026, donde se detectaron irregularidades edilicias y de funcionamiento, problemas de accesibilidad y deficiencias en materia de seguridad. A raíz de estas conclusiones, la Secretaría Nacional de Discapacidad impulsó la baja de CEREP del registro, tanto en la modalidad de Centro Educativo Terapéutico como en la de Hogar con Centro Educativo Terapéutico.
CEREP, fundado el 23 de agosto de 1990, argumentó que había corregido gran parte de las deficiencias y que las autoridades no valoraron adecuadamente la documentación presentada para acreditar las mejoras. La institución cuenta con 36 concurrentes ambulatorios y 25 personas alojadas de forma permanente, y tiene una planta funcional de 40 profesionales de la salud.
La eventual pérdida de la categorización nacional podría afectar especialmente a quienes reciben cobertura de obras sociales. Sin embargo, el juez aclaró que la exclusión del registro no impediría que CEREP siguiera funcionando con su habilitación local, aunque modificaría sus posibilidades de prestar servicios dentro del sistema nacional.
Antes de tomar la decisión, Lara Correa convocó a las partes a una audiencia el 14 de octubre y ordenó una inspección ocular en las instalaciones, que se realizó el 20 de octubre. Durante la diligencia, se examinaron dormitorios, baños, aulas y espacios comunes. Los funcionarios constataron reparaciones y mejoras en las instalaciones, aunque aún quedaban pendientes algunas adecuaciones.
La Secretaría Nacional de Discapacidad defendió su actuación y sostuvo que la exclusión del registro respondía a incumplimientos de los requisitos establecidos para garantizar la calidad y seguridad de las prestaciones. Sin embargo, el juez consideró que el perjuicio derivado de la baja de la categorización podría ser mayor que el de mantenerla hasta una nueva evaluación, destacando los derechos a la salud y la educación de las personas atendidas.
La sentencia también hizo referencia a las Reglas Papa Francisco, que proponen una perspectiva humanitaria en el funcionamiento de los tribunales, enfatizando la importancia de considerar los derechos de las personas excluidas en el proceso judicial.
La medida cautelar mantiene provisionalmente la categorización nacional de CEREP, pero no exime al establecimiento del cumplimiento de las normas vigentes ni impide futuras medidas administrativas. El Ministerio de Salud deberá realizar otra inspección y presentar un informe al juzgado en diez días. La continuidad de la situación dependerá de la nueva evaluación administrativa y de las decisiones que se adopten durante el trámite del amparo.
Fuente: Infobae