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    Nación.Ley de Tierras

    La Corte Suprema suspende la derogación de la Ley de Tierras

    La Corte Suprema suspendió la derogación de la Ley de Tierras, devolviendo el expediente a la Justicia Federal de Bariloche para que se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes.

    3 min de lectura

    Corte Suprema de Justicia de la Nación
    Foto: El Litoral

    El 9 de octubre, la Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió provisoriamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley 26.737, conocida como “Ley de Tierras”. La Corte devolvió el expediente a la Justicia Federal de Bariloche para que se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y el pedido de medida cautelar.

    La decisión del Alto Tribunal, que se tomó con el auxilio de dos conjueces debido a la diversidad de criterios entre sus tres integrantes fijos, revirtió una decisión previa que había dejado sin efecto una medida cautelar por falta de legitimación del accionante. Ahora, la Corte ha vuelto a suspender el artículo, lo que recupera la vigencia de las restricciones establecidas por la ley de 2011.

    Esto implica que se pierde algo de fuerza la perspectiva de desactivación completa del DNU por parte del Congreso y se abre un marco de discusión para un nuevo régimen, que hasta ahora no cuenta con consenso suficiente. Las consecuencias podrían ser significativas: la caída del principal andamiaje de la política desregulatoria del Gobierno o el delineamiento de un esquema de habilitaciones o restricciones para la adquisición de terrenos por parte de extranjeros.

    La vigencia de esta suspensión se extenderá hasta que el juez de Bariloche se pronuncie. En esa fecha se definirá si continúa vigente la suspensión del artículo 154 del DNU, que limita al 15% la titularidad de tierras en manos de extranjeros, o si la cautelar es rechazada, lo que significaría la recuperación de vigencia del decreto y la pérdida de la Ley de Tierras.

    El juez federal Leandro Gómez Constenla tiene en sus manos el mecanismo de cambio de agujas. Sus próximos pasos incluyen: resolver la legitimación de los demandantes, tramitar la cautelar y analizar la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras.

    La Ley 26.737 establecía restricciones como un máximo del 15% de titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y departamental, limitaciones sobre la concentración de tierras por nacionalidad y un máximo de 1.000 hectáreas en la zona núcleo para un mismo titular extranjero.

    El 29 de septiembre, la Corte había resuelto otro expediente iniciado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, revocando una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras, aunque no analizó la constitucionalidad del DNU. En este caso, el CECIM no tenía legitimación para plantear el caso.

    La causa actual fue iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie, que cuestionó el artículo 154 del DNU, invocando fundamentos como la protección del ambiente. La Corte destacó que en el caso “CECIM” solo se había analizado la legitimación vinculada a la defensa de la soberanía, y que los derechos alegados en esta causa no habían sido estudiados.

    El expediente se originó en el Juzgado Federal de Bariloche, pero se advirtió que existía en los tribunales federales de La Plata la causa “CECIM”, con un objeto similar. La Corte decidió devolver el expediente a Bariloche, pero antes tomó la medida provisoria de suspender la derogación de la Ley de Tierras.

    La legisladora Odarda destacó el compromiso de las organizaciones y comunidades que participaron de la demanda, sugiriendo que se podría abrir una instancia de participación ciudadana en Bariloche antes de que el juez resuelva sobre la cuestión de fondo. Consideró central que, mientras dure el proceso, la Ley de Tierras permanezca vigente, tras un periodo en el que estuvo derogada, lo que permitió la venta de tierras a corporaciones y estados extranjeros por encima de los límites ahora restablecidos.

    Fuente: El Litoral

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