Nación.Indemnización por despido
Indemnización por despido en octubre de 2026: cálculo y factores a considerar
La indemnización por despido sin causa depende de la antigüedad y de la remuneración del trabajador, entre otros factores. La Ley de Contrato de Trabajo establece un salario por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses.
La indemnización por despidos en Argentina es una compensación económica que el empleador debe abonar al trabajador cuando finaliza el contrato de trabajo sin una causa justa. Esta medida está regulada por la Ley de Contrato de Trabajo, N° 20.744.
Para calcular el monto a cobrar en caso de despido sin causa, se deben considerar varios conceptos. El cálculo principal es la indemnización por antigüedad, que se determina multiplicando un mes de sueldo por cada año de servicio, tomando en cuenta la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año trabajado en la empresa.
Según la ley, corresponde un salario por cada año de servicio o por una fracción mayor a tres meses. Esto significa que los meses adicionales se computan solo si superan el trimestre. Por lo tanto, la antigüedad no se redondea al año siguiente, y una fracción del año debe exceder el periodo mencionado para generar un salario adicional.
La reforma actual se enfoca en considerar únicamente las remuneraciones pagadas y devengadas en cada mes calendario, excluyendo pagos como el aguinaldo, las vacaciones y ciertos premios no mensuales. Además, la remuneración utilizada como base no puede superar un límite establecido por la legislación, que está vinculado a tres veces el promedio de las remuneraciones previstas por el convenio colectivo aplicable.
Es importante destacar que el monto que se menciona en el artículo 245 no representa necesariamente todo lo que recibe una persona al finalizar una relación laboral. Dependiendo del caso, se pueden incluir otros conceptos como el preaviso, los días trabajados durante el último mes, la integración del mes de despido y las vacaciones proporcionales, junto con el aguinaldo proporcional.
Fuente: El Once