Punto. Federal

Última nota

Dólarventa

    Tenés las 24 capitales. Tocá una para fijarla en la franja.

    Datos: DolarApi · ArgentinaDatos · BCRA · Open-Meteo (CC BY 4.0)

    Nación.Ley de discapacidad

    El Senado debate la nueva ley de discapacidad y hay dudas por el número para el dictamen

    El Senado busca dictaminar la nueva ley de discapacidad, pero hay incertidumbre por la asistencia de legisladores debido a las elecciones en EE.UU. El oficialismo cedió en varios puntos en Diputados.

    1 min de lectura

    Debate en el Senado sobre la nueva ley de discapacidad
    Foto: Infobae

    El Senado se prepara para debatir mañana la nueva ley de discapacidad, aunque persisten dudas sobre la cantidad de legisladores presentes para alcanzar el quórum necesario. Esta iniciativa busca poner fin a la emergencia que vence a fin de año y ha generado varios desafíos para el Gobierno.

    Las comisiones de Presupuesto y Hacienda, presidida por el libertario Agustín Monteverde, y de Población y Desarrollo Humano, liderada por Alicia Kirchner, son las encargadas de analizar el proyecto. En Diputados, la propuesta obtuvo una amplia aprobación, con 236 votos a favor, lo que sugiere que es poco probable que se realicen cambios significativos en el Senado.

    Entre los puntos destacados de la ley se incluye la ratificación de pensiones equivalentes al 70% del haber mínimo jubilatorio y la creación de un nomenclador universal de prestaciones. Además, se garantiza la compatibilidad entre la pensión y el empleo formal, permitiendo que las personas con discapacidad mantengan su pensión si sus ingresos no superan dos salarios mínimos vitales y móviles.

    El proyecto también establece mecanismos de control más estrictos, incluyendo auditorías periódicas por parte de la Secretaría Nacional de Discapacidad. En caso de incumplimientos, se prevé la suspensión preventiva de beneficios, siempre respetando un debido proceso inclusivo.

    Finalmente, se estipula que el Poder Ejecutivo deberá difundir un cronograma de pagos para deudas pendientes con prestadores dentro de los 30 días posteriores a la sanción de la ley, y cancelar dichos pagos en un plazo de 90 días.

    Fuente: Infobae

    Compartir