Nación.Pensiones por discapacidad
El Gobierno dio marcha atrás con el pago de algunas pensiones por discapacidad
Una resolución nacional dejó sin efecto la restitución de determinadas pensiones por invalidez laboral. Los titulares alcanzados podrán solicitar su rehabilitación dentro de los 60 días posteriores a la notificación.
El Gobierno nacional ha decidido revisar las pensiones no contributivas por invalidez laboral, estableciendo un plazo de 60 días para que los beneficiarios afectados soliciten la rehabilitación de sus prestaciones. Esta medida fue oficializada mediante la Resolución 3695/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad, publicada en el Boletín Oficial.
La nueva disposición deja sin efecto una resolución anterior de octubre de 2025 que había restablecido el pago de pensiones previamente suspendidas tras auditorías administrativas. Esta decisión se produce tras la revocación de un fallo judicial por parte de la Cámara Federal de Tucumán, que había ordenado la restitución de esos beneficios.
Es importante destacar que la medida no afecta a todos los beneficiarios de pensiones por discapacidad, sino únicamente a aquellos identificados en el Anexo I de la resolución.
El conflicto surgió durante las auditorías realizadas por la entonces Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para verificar si los beneficiarios cumplían con los requisitos necesarios para recibir las pensiones no contributivas. En septiembre de 2025, el Juzgado Federal de Catamarca N.º 2 había dictado una medida cautelar que ordenaba restablecer prestaciones suspendidas a personas incluidas en la causa, extendiéndose posteriormente a nivel nacional.
Como resultado de esta resolución, la ANDIS había dispuesto la restitución de pagos mediante la Resolución 13.901/2025. Sin embargo, el 12 de febrero de 2026, la Cámara Federal de Tucumán revocó la sentencia de primera instancia, lo que llevó a la Secretaría Nacional de Discapacidad a revisar las situaciones administrativas y dejar sin efecto la restitución dispuesta en 2025 para los titulares identificados en el nuevo anexo.
Los beneficiarios que deseen solicitar la rehabilitación de sus pensiones deberán presentar documentación actualizada que acredite que continúan cumpliendo con las condiciones exigidas para acceder a la prestación. Entre los documentos requeridos se incluyen informes médicos actualizados y datos personales renovados.
El plazo para realizar este trámite es de 60 días corridos a partir de la notificación individual de la resolución, y no desde su publicación en el Boletín Oficial.
La Secretaría Nacional de Discapacidad ha habilitado varios canales para recibir las solicitudes de rehabilitación, incluyendo oficinas de atención de ANSES, dependencias habilitadas de la Secretaría, un formulario de consultas del Ministerio de Salud, la plataforma Trámites a Distancia (TAD) y un correo electrónico específico.
Una vez presentada la documentación, las áreas correspondientes evaluarán si corresponde la rehabilitación de la prestación. Además, la resolución contempla la posibilidad de interponer recursos administrativos contra la decisión, con plazos de 20 o 30 días desde la notificación, dependiendo del recurso.
La medida se aplica a prestaciones cuya restitución había sido ordenada durante el proceso judicial iniciado en 2025 y que fueron incluidas en la nueva revisión administrativa. El Gobierno ha indicado que se han analizado especialmente los casos de personas que presentaron nueva documentación tras la suspensión y aquellos involucrados en otros procesos judiciales en trámite.
Fuente: El Once