Ecuador.Financiamiento extraordinario
Noboa autorizó financiar gastos de salud, educación y justicia con recursos extraordinarios en 2027
La decisión se produce en medio de las restricciones fiscales y los compromisos de reducción del déficit público.
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ha autorizado que los gastos permanentes de salud, educación y justicia se financien con ingresos no permanentes durante 2027. Esta disposición excepcional, formalizada el 29 de octubre, permitirá al Estado recurrir a recursos extraordinarios para sostener obligaciones habituales en estos sectores.
La medida se encuentra en el Decreto Ejecutivo 527, firmado en Guayaquil, y establece que el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo debe incorporar esta autorización en la formulación del presupuesto de 2027, basándose en informes técnicos que la sustentan. Aunque la disposición permite utilizar ingresos de naturaleza no recurrente para cubrir gastos continuos, no implica un incremento presupuestario ni establece montos específicos de financiamiento.
El fundamento jurídico de esta medida se encuentra en el artículo 286 de la Constitución ecuatoriana, que establece que los egresos permanentes deben financiarse con ingresos permanentes, aunque reconoce que los gastos en salud, educación y justicia son prioritarios y pueden ser cubiertos excepcionalmente con recursos no permanentes.
Los ingresos permanentes corresponden principalmente a recursos tributarios, mientras que los no permanentes incluyen rentas petroleras y otros recursos extraordinarios. El decreto también establece que la aplicación de esta excepcionalidad deberá verificarse mediante reportes consolidados de la proforma y de la liquidación presupuestaria.
Esta autorización tiene un antecedente inmediato: el 30 de octubre de 2025, Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 199, que autorizó la misma excepción para el ejercicio fiscal de 2026. Así, el Ejecutivo ha recurrido a este mecanismo constitucional durante dos años consecutivos.
El análisis de la proforma de 2026, elaborado por el Banco Central del Ecuador, identificó una diferencia de USD 1.802 millones entre los ingresos permanentes y los gastos de la misma naturaleza. Para ese ejercicio, se previeron ingresos permanentes por USD 21.680 millones, frente a egresos permanentes de USD 23.482 millones, lo que implica que parte de las obligaciones recurrentes del Estado requería fuentes adicionales de financiamiento.
La nueva autorización llega en un contexto de presiones sobre las cuentas públicas de Ecuador, que debe equilibrar sus necesidades de gasto con los compromisos asumidos ante el Fondo Monetario Internacional (FMI). Para 2027, el programa económico contempla una meta de déficit fiscal equivalente aproximadamente al 0,9 % del producto interno bruto.
Entre los factores que condicionan la planificación presupuestaria se encuentran las obligaciones del Estado con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, la evolución de los ingresos petroleros y las necesidades de financiamiento de los servicios públicos. Además, se deben considerar los posibles efectos económicos del fenómeno de El Niño, que podrían generar demandas adicionales de recursos estatales.
La ejecución del presupuesto vigente también es relevante. Hasta el 20 de octubre de 2026, se habían ejecutado aproximadamente USD 2.013 millones en salud y USD 3.588 millones en educación, equivalentes al 36 % y al 46 % de los recursos presupuestados para esos sectores, respectivamente.
La autorización presidencial no determina qué proporción de los gastos permanentes de 2027 será financiada mediante recursos extraordinarios. Para establecer ese alcance, será necesario conocer las proyecciones de ingresos, egresos y fuentes de financiamiento en la nueva proforma presupuestaria, que el Ejecutivo debe presentar ante la Asamblea Nacional para su examen y pronunciamiento.
La incorporación de esta excepción en la planificación fiscal permitirá identificar las asignaciones previstas para salud, educación y justicia, así como las fuentes destinadas a cubrirlas. Sin embargo, utilizar ingresos extraordinarios para financiar obligaciones recurrentes plantea una cuestión central para las cuentas públicas: la disponibilidad de recursos suficientes para sostener esos compromisos en ejercicios posteriores.
Con el Decreto 527, el Gobierno habilita una alternativa constitucional de financiamiento para tres áreas prioritarias del gasto público. El monto efectivo de recursos extraordinarios que se destinará a esos sectores, así como su incidencia sobre el déficit y las necesidades de endeudamiento, dependerá de las cifras que finalmente se incorporen al Presupuesto General del Estado de 2027.
Fuente: Infobae