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    Pensiones de privilegio

    Se promulgó la ley que elimina las pensiones de privilegio en Entre Ríos

    La ley que elimina las pensiones de privilegio en Entre Ríos fue publicada en el Boletín Oficial. Derogó el régimen de la Ley 4.506 y fijó 90 días para su reglamentación.

    1 min de lectura

    Promulgación de la ley que elimina pensiones de privilegio en Entre Ríos
    Foto: El Once

    La ley que elimina las pensiones de privilegio en Entre Ríos fue promulgada tras su publicación en el Boletín Oficial. La norma, conocida como Ley Nº 11.308, fue aprobada por la Legislatura el 2 de septiembre y derogó el régimen establecido por la Ley Nº 4.506 y sus modificatorias.

    La nueva legislación establece que funcionarios y empleados públicos provinciales, municipales o comunales no podrán acceder a pensiones especiales o graciables fuera del sistema jubilatorio ordinario. La promulgación fue realizada por el gobernador Rogelio Frigerio y el ministro de Gobierno y Trabajo, Manuel Troncoso.

    En cuanto a las pensiones ya otorgadas, la Ley Nº 11.308 determina que los beneficios reconocidos antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa continuarán abonándose. Se mantendrá el derecho a pensión para el cónyuge supérstite y los hijos menores en caso de fallecimiento del beneficiario.

    No obstante, se establece un régimen de incompatibilidades para estas prestaciones. El cobro de pensiones no podrá coexistir con cargos, empleos o contratos remunerados en los Estados nacional, provincial, municipal o comunal, salvo en el caso de la docencia. También será incompatible con otros beneficios de carácter asistencial o graciable. Quienes se encuentren en esta situación deberán optar entre suspender la pensión o renunciar a la remuneración correspondiente al cargo público.

    Si el beneficiario no realiza esta opción, la Caja de Jubilaciones y Pensiones podrá suspender de oficio la prestación y avanzar sobre el recupero de las sumas percibidas indebidamente, con los intereses correspondientes. Sin embargo, la prohibición no alcanzará a las prestaciones derivadas de la Ley Nº 7.849 de Mérito Cultural ni a las contempladas por la Ley Nº 9.216 para Héroes Entrerrianos Veteranos de Malvinas.

    El Poder Ejecutivo tiene un plazo máximo de 90 días corridos para reglamentar la Ley Nº 11.308 y establecer los mecanismos necesarios para su implementación. La eliminación de este régimen fue presentada por el Gobierno provincial como parte de su política de supresión de beneficios especiales vinculados a cargos políticos.

    Fuente: El Once

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