Conflicto territorial
La Justicia de Villa La Angostura rechazó un planteo de la Comunidad Mapuche Lof Melo en un juicio por tierras
La Justicia rechazó la intervención de la Comunidad Mapuche Lof Melo en un juicio por tierras, advirtiendo sobre posibles maniobras procesales y contradicciones en sus argumentos.
El juez Francisco Astoul Bonorino, a cargo del juzgado de Villa La Angostura, desestimó el pedido de intervención voluntaria de la Comunidad Mapuche Lof Melo y de José Lucas Melo en el juicio que la Comunidad Mapuche Lof Kinxikew había iniciado contra María Cristina Broers, propietaria de un predio en disputa. Este litigio territorial se desarrolla a unos 35 kilómetros de la localidad neuquina, donde ambas comunidades mantienen un prolongado conflicto.
La comunidad Lof Kinxikew promovió una acción reivindicatoria para recuperar un espacio del que había sido desalojada en un proceso judicial por usurpación. En este contexto, el Lof Melo intentó sumarse a la demanda civil, argumentando que el predio está ocupado por su comunidad y que se trata de “tierras indígenas”. Sin embargo, el magistrado rechazó la presentación, realizada a través del abogado Luis Virgilio Sánchez.
En su resolución, el juez señaló que el Lof Melo se presentó como “legitimado activo necesario”, pero advirtió que su intervención se limitó a expresar su adhesión a la demanda sin formular una pretensión procesal propia. Según Astoul Bonorino, esta adhesión no configura un litisconsorcio ni modifica la composición de las partes del proceso, ya que no se advierte “la utilidad o el sentido de su admisión como partes”.
El magistrado también destacó una contradicción en el planteo, señalando que si el Lof Melo pretendía reclamar el mismo derecho que invoca el Lof Kinxikew, su presentación sería “a todas luces contradictoria”, dado que la demanda reconoce la posesión y propiedad comunitaria del Lof Kinxikew.
Además, el juez cuestionó el momento de la intervención del Lof Melo, considerándola “rayana a la mala fe procesal”. Observó que la comunidad había sido mencionada desde el inicio de la demanda, pero nunca fue citada formalmente al proceso. Se presentó espontáneamente tras el rechazo de una recusación con causa promovida por la actora original, confirmada por la Cámara de Apelaciones en junio de 2025.
Astoul Bonorino calificó de “peculiar y poco frecuente” la presentación escalonada de supuestos litisconsortes de una misma parte, especialmente cuando se trata de comunidades que, según sus propios argumentos, conviven pacíficamente en el territorio. A pesar de esto, el fallo no impuso sanciones ni declaró formalmente la existencia de mala fe procesal.
Otro punto central de la resolución fue la incompatibilidad entre la postura del Lof Melo y los términos de la demanda a la que intentaba adherirse. El juez sostuvo que no es coherente reclamar un territorio y, al mismo tiempo, respaldar una acción judicial que reconoce la posesión de otra comunidad sobre ese mismo espacio. La presentación del Lof Melo no incorporó hechos nuevos ni desarrolló una pretensión independiente, limitándose a adherir a una demanda que reconoce los derechos del Lof Kinxikew.
El conflicto por estas tierras se remonta a 2011, cuando se produjo la ocupación del predio. La propietaria ha documentado sus derechos sobre el inmueble, y a lo largo de los años, distintos jueces han dictado resoluciones favorables a su posición, incluso ordenando el desalojo de las tierras. Recientemente, el magistrado ordenó completar el procedimiento y libró un nuevo mandamiento judicial para ejecutar el desalojo en la superficie que aún permanece ocupada.
Fuente: Infobae