Jubilaciones provinciales
Jubilaciones provinciales: definieron qué aumentos de los activos se trasladarán a los haberes
La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos definió el mecanismo de movilidad para jubilados, basado en los aumentos salariales del Consejo General de Educación.
La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos ha reglamentado un nuevo mecanismo de movilidad para los jubilados y pensionados provinciales, estableciendo cuáles serán los incrementos salariales de los trabajadores activos que se trasladarán a los haberes previsionales. La referencia será el personal dependiente del Consejo General de Educación (CGE), dado que es el escalafón con mayor cantidad de aportantes.
Mediante una resolución, el organismo reglamentó el artículo 71 de la Ley Nº 8.732, modificado por la Ley Nº 11.302. Esta norma determina que para calcular el índice de movilidad se tendrá en cuenta exclusivamente el incremento salarial de carácter remunerativo y de alcance general que reciba el escalafón con mayor cantidad de aportantes al sistema previsional provincial.
Sin embargo, no todos los conceptos salariales que reciban los trabajadores del escalafón de referencia serán trasladados a los jubilados. Quedarán excluidos del cálculo los rubros especiales o particulares vinculados con la función, el cargo, la antigüedad diferencial, la zona, la dedicación o las condiciones de trabajo propias del sector tomado como referencia.
La resolución también aclara que no se deben trasladar las sumas de carácter no remunerativo, ya que no integran la base utilizada para calcular los aportes personales y las contribuciones patronales destinados al sistema previsional. De esta manera, la Caja busca que exista una correspondencia entre los conceptos salariales sobre los cuales se realizaron aportes y aquellos que posteriormente generan movilidad en los haberes previsionales.
Además, se estableció qué ocurrirá cuando las paritarias determinen aumentos escalonados. Si un incremento salarial se otorga en diferentes tramos, cada uno generará la correspondiente movilidad para los jubilados en la misma oportunidad en que comience a aplicarse a los trabajadores activos. Cada actualización se calculará sobre el haber vigente al momento de su aplicación.
Una vez homologado el acuerdo paritario, la Presidencia de la Caja deberá dictar un acto administrativo estableciendo el índice de movilidad correspondiente, especificando los conceptos computados, los excluidos y desde qué mes comenzará a regir el incremento. El porcentaje deberá publicarse en la página oficial del organismo dentro de los diez días hábiles posteriores a la homologación del acuerdo salarial.
La reglamentación no establece un porcentaje de aumento para los jubilados provinciales, sino que define el mecanismo que deberá utilizarse para calcular las futuras actualizaciones. El escalafón de referencia podrá cambiar, ya que la situación será revisada periódicamente. La Caja ordenó al Área de Contabilidad Central informar mensualmente a la Presidencia sobre la evolución de la cantidad de aportantes, discriminada por los diferentes escalafones que integran el sistema previsional entrerriano.
Si otro escalafón pasa a reunir una mayor cantidad de aportantes, el cambio deberá ser establecido mediante una nueva resolución de la Presidencia de la Caja y comenzará a regir desde el mes siguiente, sin afectar las movilidades ya generadas.
Finalmente, la resolución introdujo cambios en los recibos de los jubilados y pensionados. Desde los haberes correspondientes a septiembre de 2026, se implementará un código para identificar el haber previsional y otro para mostrar específicamente los incrementos correspondientes a la movilidad. La suma de ambos conceptos conformará el haber previsional sobre el cual se aplicarán las siguientes actualizaciones.
Este nuevo mecanismo alcanza a la totalidad de las prestaciones a cargo de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, tanto a los beneficiarios existentes como a las altas que se produzcan posteriormente.
Fuente: El Once