Salud y Enfermería
Entre Ríos actualizó la normativa sobre Planificación de Enfermería
El Ministerio de Salud de Entre Ríos actualizó la Ley Nº 10.930, unificando criterios de planificación en la carrera de Enfermería y mejorando las condiciones laborales del personal.
El Ministerio de Salud de Entre Ríos ha implementado una actualización significativa de la Ley Nº 10.930, que regula la carrera de Enfermería, a través de la Resolución Ministerial 4908/26. Esta nueva normativa reemplaza a la Resolución N° 2205/19 y se alinea con el Decreto Reglamentario N° 599/23, con el objetivo de corregir desfasajes normativos en las disposiciones anteriores.
La actualización busca unificar criterios en la planificación horaria, dotación, turnos y distribución del personal en todos los establecimientos dependientes de la cartera sanitaria. El Sistema Integrado de Planificación en Enfermería de Entre Ríos (Sipeer) se establece como el instrumento central para esta planificación y anticipación.
Martín Nani, director general de Enfermería, destacó la importancia de que el personal de enfermería responda a las necesidades de cuidado, garantizando continuidad, seguridad y calidad. Para ello, se implementará una planificación diaria y por turno, considerando los índices de atención requeridos según la carga horaria y los descansos.
La normativa también establece cómo calcular descansos y francos por feriados y asuetos trabajados, reconociendo las licencias como días efectivamente trabajados, exceptuándolas del prorrateo habitual. La licencia anual ordinaria (LAO) se calculará en función de las jornadas de trabajo que el agente debe cumplir durante el período.
Además, se han definido reglas concretas para los turnos, como la obligación de tener una sola jornada laboral por día y un mínimo de 12 horas entre el final de un turno y el inicio del siguiente. Se contemplan también los pedidos de los trabajadores y se garantiza un fin de semana libre, salvo indicaciones médicas específicas.
Nani también mencionó que los cambios de turno y guardia estarán regulados y registrados, permitiendo que los establecimientos amplíen estos límites mediante un acto administrativo fundado. Por último, se abordarán contingencias frente a ausentismo imprevisto o un aumento excepcional de la demanda, evitando modificaciones unilaterales en la planificación sin la conformidad del agente, que deberá ser documentada.
Fuente: Portal Entre Ríos (Gobierno)