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    Planes de pago

    ATER aprobó nuevos planes de pago de hasta 36 cuotas

    La Administradora Tributaria de Entre Ríos estableció un régimen de financiación de deudas provinciales que regirá desde el 2 de noviembre. Contempla planes de hasta 24 y 36 cuotas, con anticipos y montos mínimos según cada modalidad.

    2 min de lectura

    Imagen de la resolución de ATER sobre planes de pago
    Foto: El Once

    La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) ha aprobado un nuevo régimen general y permanente de planes de pago para regularizar deudas correspondientes a impuestos provinciales, intereses y multas. Esta medida, establecida mediante la Resolución Nº 385/2026, comenzará a regir el próximo 2 de noviembre.

    El nuevo régimen permite financiar obligaciones tributarias en hasta 24 cuotas mensuales, mientras que determinadas deudas podrán cancelarse en un máximo de 36 cuotas. También se fijan anticipos obligatorios, importes mínimos para cada cuota, tasas de financiación y condiciones para mantener los planes vigentes.

    Los contribuyentes podrán acceder a planes de financiación de 3, 6, 12, 18 o 24 cuotas, según las condiciones y montos mínimos establecidos en el Anexo I. Para las obligaciones tributarias generales, el anticipo deberá representar al menos el 5% de la deuda consolidada, sin que pueda ser inferior al importe mínimo fijado para cada modalidad.

    Los montos establecidos son los siguientes:

    • Hasta 3 cuotas: anticipo mínimo de $30.000 y cuotas de al menos $30.000.
    • Hasta 6 cuotas: anticipo mínimo de $50.000 y cuotas de al menos $50.000.
    • Hasta 12 cuotas: anticipo mínimo de $100.000 y cuotas de al menos $80.000.
    • Hasta 18 cuotas: anticipo mínimo de $150.000 y cuotas de al menos $100.000.
    • Hasta 24 cuotas: anticipo mínimo de $200.000 y cuotas de al menos $150.000.

    La normativa también contempla plazos especiales de hasta 36 cuotas para deudas determinadas o surgidas de procesos de fiscalización, verificación o determinación de oficio, así como para obligaciones generales cuya deuda consolidada supere los $20 millones.

    Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, calculadas mediante el sistema de amortización francés. La tasa de financiación dependerá de la cantidad de cuotas elegidas y estará vinculada con la tasa de interés resarcitorio vigente en ATER.

    La adhesión al régimen deberá realizarse a través de los servicios digitales de ATER, y el pago del anticipo será obligatorio para formalizar la adhesión. Las cuotas vencerán el día 10 de cada mes, y se establecen condiciones de caducidad por incumplimiento.

    La resolución también establece un tratamiento específico para las obligaciones adeudadas por agentes de retención, percepción o recaudación, y permite que cada contribuyente acceda a un máximo de tres planes de pago por imponible y por año calendario.

    La nueva normativa reemplazará las resoluciones anteriores de ATER, y los planes de pago otorgados bajo las normas anteriores continuarán vigentes hasta su cancelación o caducidad.

    Fuente: El Once

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