Nación.Justicia juvenil
Una jueza porteña declaró inconstitucional la baja de la edad de punibilidad y sobreseyó a un menor de 14 años
La jueza Laura De Marinis cuestionó la aplicación del nuevo régimen penal juvenil en un caso de tentativa de robo, considerándolo regresivo para el adolescente involucrado.
Una jueza del fuero Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley 27.801, que establece un régimen penal juvenil aplicable desde los 14 años. La magistrada Laura De Marinis sobreseyó a un adolescente de esa edad acusado de participar en un intento de robo junto con otros jóvenes.
La jueza consideró que la aplicación del nuevo régimen resultaba regresiva en este caso y que la conducta atribuida al menor debía ser abordada dentro del sistema de protección integral de derechos. Este fallo es el segundo que cuestiona la aplicación del nuevo régimen penal juvenil; el primero fue en la provincia de Buenos Aires, donde la jueza de Lomas de Zamora, Marta Pascual, había suspendido su aplicación, aunque esa decisión fue revocada posteriormente.
El intento de robo que originó la causa ocurrió el 10 de septiembre, cuando un grupo de al menos cuatro adolescentes intentó robarle el teléfono celular a un hombre de 47 años. Uno de los jóvenes le exigió: "¡Dame todo. Dame el celular!". La víctima logró alejarse y pidió ayuda a un efectivo de la Policía de la Ciudad, que se encontraba cerca. Tras la intervención policial, los sospechosos fueron interceptados y se inició el procedimiento de flagrancia.
La defensa oficial planteó la inconstitucionalidad de la norma y cuestionó la competencia del fuero porteño para intervenir en el expediente. La jueza De Marinis rechazó el planteo de incompetencia, considerando que la Justicia porteña debía continuar con la causa. Luego, analizó el artículo 1 de la Ley 27.801, que establece la aplicación del régimen penal juvenil desde los 14 años.
La defensa, en representación del adolescente identificado como M. I. A., argumentó que la aplicación del nuevo régimen era regresiva, ya que antes de la entrada en vigencia de la ley, un menor de esa edad podía ser responsabilizado por el hecho, pero no sometido al sistema penal. La jueza también consideró la naturaleza del episodio investigado, señalando que las imágenes incorporadas a la causa mostraban una conducta que quedó en grado de tentativa y que no tuvo el nivel de violencia mencionado durante el debate legislativo.
De Marinis sostuvo que la respuesta estatal debe contemplar las características propias de la adolescencia, incluida la inmadurez vinculada al desarrollo de la corteza prefrontal, que interviene en la regulación de los impulsos y la evaluación de consecuencias. En este sentido, consideró que el sistema penal debe ser el último recurso frente a las infracciones cometidas por adolescentes y que la respuesta estatal debe guardar proporción con el hecho y la etapa de desarrollo del menor.
El fallo generó cuestionamientos desde el oficialismo. La presidenta del bloque de senadores de La Libertad Avanza (LLA), Patricia Bullrich, criticó la decisión a través de sus redes sociales, afirmando que hay jueces "más preocupados por proteger a los delincuentes que por hacer justicia a las víctimas". Bullrich cuestionó el criterio de los magistrados que aplican una interpretación restrictiva del régimen penal, señalando que estos jueces garantistas solo construyen impunidad.
Fuente: Ámbito