Nación.Ley de Financiamiento
Suspendieron la multa diaria de $100.000 al Gobierno Nacional por no cumplir la Ley de Financiamiento
La Cámara Nacional de Apelaciones suspendió la multa diaria de $100.000 al jefe de Gabinete, aunque no resolvió si se cumplió con la Ley de Financiamiento Universitario.
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió provisoriamente la multa diaria de $100.000 impuesta al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por el presunto incumplimiento de una medida cautelar relacionada con la Ley de Financiamiento Universitario. Esta decisión se conoció en la previa de la quinta Marcha Federal Universitaria, convocada para este jueves.
La resolución fue resultado de un recurso de queja presentado por el Ministerio de Capital Humano, tras una exigencia de la Justicia de primera instancia para que el Gobierno cumpliera con las disposiciones legales sobre la actualización de salarios docentes y no docentes, así como el financiamiento de becas estudiantiles.
Los camaristas Sergio Fernández, José Luis López Castiñeira y Jorge Eduardo Morán consideraron que era pertinente habilitar la apelación del Estado nacional, aunque aclararon que esto no significaba un reconocimiento de que el Ejecutivo hubiera cumplido con las obligaciones establecidas por la legislación.
El conflicto judicial se originó a partir de una medida cautelar que ordenó aplicar los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, que abordan la actualización salarial de los trabajadores de las universidades nacionales y las disposiciones sobre becas estudiantiles. El 22 de septiembre, el juez federal Martín Cormick había intimado al Ministerio de Capital Humano a cumplir con la medida cautelar, al considerar que no se había acreditado su acatamiento total.
Ante el presunto incumplimiento, se dispuso una sanción económica diaria de $100.000 contra el jefe de Gabinete, en medio de protestas universitarias por el presupuesto, salarios y becas.
En su defensa, el Ministerio de Capital Humano argumentó que la intimación no especificaba con claridad las obligaciones pendientes ni las medidas concretas a adoptar para evitar las sanciones. Además, sostuvo que había implementado una actualización salarial del 21,33% sobre los haberes vigentes a mayo de 2026, y que los aumentos salariales debían discutirse en negociaciones paritarias.
Otro punto de controversia fue el artículo 6 de la Ley de Financiamiento Universitario, que se refiere a las becas estudiantiles. El Gobierno cuestionó la interpretación judicial sobre el alcance de esta disposición, argumentando que los programas Progresar y las becas de enfermería eran esquemas diferentes a los contemplados en la normativa. Los sectores estudiantiles, por su parte, denunciaron la falta de actualización de las becas, que permanecían congeladas en $35.000, mientras que los beneficiarios percibían efectivamente $28.000 debido a las retenciones aplicadas por ANSES.
Al analizar el recurso de queja, los jueces de la Sala III consideraron que la negativa de primera instancia a conceder la apelación podría causar un perjuicio de difícil reparación para el Estado. Por ello, decidieron hacer lugar al recurso de queja y conceder la apelación presentada por el Gobierno contra la intimación judicial del 22 de septiembre. Sin embargo, los camaristas aclararon que su decisión no implicaba un adelanto de opinión sobre el cumplimiento de la medida cautelar dispuesta en el caso.
Fuente: El Once