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    Nación.Ejecuciones fiscales

    Suspenden ejecuciones fiscales para pymes y pequeños contribuyentes hasta junio de 2027

    El Ministerio de Economía extendió una medida para entidades de salud y organizaciones sin fines de lucro e incorporó a pymes y pequeños contribuyentes.

    1 min de lectura

    Imagen sobre la suspensión de ejecuciones fiscales para pymes y pequeños contribuyentes.
    Foto: El Once

    El Ministerio de Economía ha decidido prorrogar hasta el 30 de junio de 2027 la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para ciertos contribuyentes. Esta decisión fue establecida mediante la Resolución 1899/2026, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina.

    La normativa amplía una medida que ya beneficiaba a entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector de la salud, e incorpora a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a determinados pequeños contribuyentes. La resolución extiende el plazo originalmente previsto en la Resolución 1445/2024, que había sido prorrogado en varias ocasiones, siendo la última fecha límite el 31 de diciembre de 2026.

    Según el artículo tercero, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá suspender el inicio de ejecuciones fiscales y medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas de los tramos 1 y 2 que cuenten con el Certificado MiPyME vigente a la fecha de la resolución, el 29 de octubre de 2026. También se incluyen a las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, conforme a lo que determine el organismo recaudador.

    El Ministerio de Economía subrayó la relevancia de las micro, pequeñas y medianas empresas en la economía nacional, destacando su participación en el empleo y su capacidad exportadora. Sin embargo, es importante señalar que la medida no implica una condonación de obligaciones tributarias ni elimina las deudas existentes, sino que se centra en la suspensión de ciertos procedimientos de cobro judicial y de medidas cautelares.

    La Resolución 1899/2026, firmada por el ministro Luis Caputo, entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.

    Fuente: El Once

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