Nación.Régimen migratorio
La Corte Suprema revisará el DNU 366/2025 sobre el régimen migratorio
La Corte Suprema deberá decidir sobre la inconstitucionalidad del DNU 366/2025, que modificó el régimen de ciudadanía y trasladó competencias a Migraciones.
La Corte Suprema de Justicia deberá intervenir en el planteo de inconstitucionalidad del decreto 366/2025, que modificó el régimen de otorgamiento de ciudadanía y trasladó la competencia de los juzgados federales a la Dirección General de Migraciones. Este caso surge a raíz de la acción de un ciudadano chino, en el marco de la causa “Yang, Liping s/nacionalidad y ciudadanía”, quien logró un fallo de la Cámara Nacional Electoral que declaró nulo e inconstitucional el mencionado DNU.
La norma impugnada pretendía que la Dirección Nacional de Migraciones asumiera la competencia para el trámite de otorgamiento de cartas de ciudadanía. Sin embargo, la Cámara Nacional Electoral argumentó que las razones alegadas para dictar el decreto no cumplían con los requisitos de "rigurosa excepcionalidad y urgencia" necesarios para justificar este tipo de normas, según lo estipulado en la Constitución Nacional.
Además, la Cámara Civil y Comercial Federal también declaró la inconstitucionalidad del DNU 366/2025, fundamentando su decisión en la falta de control judicial efectivo. La causa fue iniciada por Yana Volosh, quien cuestionó que el Poder Ejecutivo reformara las leyes de ciudadanía y migraciones mediante un decreto, argumentando que esta materia corresponde al Congreso Nacional.
La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal resolvió que las causas vinculadas con la naturalización deben continuar ante ese fuero especializado y no ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal. Esto se debe a que el DNU modificó el régimen para obtener la ciudadanía argentina por naturalización, trasladando el trámite de los jueces federales a un órgano administrativo.
El caso fue apelado por A.A., quien argumentó que el DNU restringe el derecho a la naturalización sin suficiente control judicial. El fiscal general también se pronunció a favor de que el fuero Civil y Comercial Federal retome la causa, recordando que las solicitudes de naturalización deben presentarse ante los jueces federales, según lo establecido por la ley 346 y el decreto 3213/84.
Finalmente, la Sala III, integrada por los jueces Florencia Nallar, Fernando Alcides Uriarte y Juan Perozziello Vizier, coincidió con el criterio del Ministerio Público Fiscal y ordenó que el juez que había declinado su competencia retome la intervención en el caso.
Fuente: Ámbito