Punto. Federal

Última nota

Dólarventa

    Tenés las 24 capitales. Tocá una para fijarla en la franja.

    Datos: DolarApi · ArgentinaDatos · BCRA · Open-Meteo (CC BY 4.0)

    Nación.Iniciativas populares

    La Cámara Nacional Electoral aprobó una plataforma digital para iniciativas populares

    La Cámara Nacional Electoral aprobó una plataforma digital gratuita para reunir firmas electrónicas en apoyo a iniciativas populares ante el Congreso, manteniendo los requisitos legales existentes.

    3 min de lectura

    Plataforma digital de la Cámara Nacional Electoral
    Foto: Infobae

    La Cámara Nacional Electoral ha aprobado la creación de una plataforma digital que permitirá a la ciudadanía reunir firmas electrónicas en apoyo a proyectos de ley que se presenten ante el Congreso. Este sistema, que será gratuito y estará bajo el control del tribunal, coexistirá con las adhesiones manuscritas en papel que se han utilizado hasta ahora para las iniciativas populares.

    La medida fue resuelta mediante la acordada extraordinaria 173, y el tribunal, presidido por Alberto Ricardo Dalla Via, deberá definir las condiciones operativas de esta herramienta, que podrá ser utilizada por personas particulares, agrupaciones políticas y organizaciones de la sociedad civil.

    Es importante destacar que la incorporación de este mecanismo digital no altera los requisitos legales existentes para las iniciativas populares, como la cantidad de respaldos necesarios ni las materias que la Constitución y la ley excluyen de este procedimiento. Sin embargo, sí habilita una vía electrónica para registrar y verificar las adhesiones.

    El artículo 39 de la Constitución Nacional reconoce el derecho de los ciudadanos a presentar proyectos de ley ante la Cámara de Diputados, y establece que el Congreso debe dar tratamiento expreso a esas propuestas dentro de los doce meses posteriores a su ingreso. La Ley 24.747, sancionada en 1996, reglamentó este derecho y estableció las condiciones para ejercerlo.

    Para presentar una propuesta, los impulsores deberán obtener firmas equivalentes a al menos el 1,5 % del padrón electoral utilizado en la última elección de diputados nacionales, y los respaldos deberán provenir de un mínimo de seis distritos electorales. En el caso de iniciativas de alcance regional, el porcentaje se calcula únicamente sobre los padrones de las provincias incluidas en esa región.

    La nueva plataforma no modifica estas exigencias y podrá complementar las planillas tradicionales. La legislación excluye de este mecanismo los proyectos sobre reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal. Los promotores también deberán identificar a los responsables de la iniciativa, presentar el articulado con formato de ley, fundamentar la propuesta e informar sobre los gastos y el origen de los recursos utilizados.

    La Justicia Electoral será la encargada de administrar y controlar el sistema. La acordada fue firmada por Alberto Ricardo Dalla Via, los jueces Santiago Hernán Corcuera y Daniel Bejas, junto con los secretarios Hernán Gonçalves Figueiredo y Sebastián Schimmel. La resolución asignó la administración exclusiva de la plataforma a la Cámara Nacional Electoral, y la Oficina de Coordinación General de Sistemas Informáticos Electorales será responsable de su mantenimiento y operación.

    Quienes deseen utilizar la plataforma deberán solicitar previamente su habilitación ante esa oficina, y el procedimiento no tendrá costo. Sin embargo, la resolución aún no ha establecido una fecha para la apertura pública del sistema ni ha detallado los pasos que deberá seguir cada ciudadano para emitir su adhesión.

    El tribunal considera que las firmas electrónicas podrán respaldar las iniciativas populares si cumplen con las condiciones técnicas exigidas. Esta decisión se apoya en la Ley 25.506 de Firma Digital y en antecedentes judiciales sobre la eficacia jurídica de modalidades electrónicas de suscripción documental.

    Una experiencia piloto autorizada por la Cámara el 21 de mayo de 2026, en la que se habilitó una plataforma propuesta por una organización no gubernamental, concluyó que existían condiciones técnicas para vincular de manera unívoca a cada firmante con el documento que apoyaba. A partir de esos resultados, la Cámara decidió avanzar con una herramienta de alcance general administrada directamente por la Justicia Electoral.

    La resolución también menciona experiencias de otros países, como Alemania, España, Estonia, Finlandia y Letonia, que han implementado modalidades electrónicas para reunir apoyos ciudadanos, y que han mostrado antecedentes favorables en participación, trazabilidad y validación de identidad.

    La validación de las adhesiones seguirá bajo control judicial, y la digitalización no reemplazará la revisión institucional prevista por la Ley 24.747. La norma establece que la Justicia Electoral debe verificar las adhesiones mediante un procedimiento de muestreo, con un plazo máximo de veinte días que puede extenderse mediante una resolución fundada.

    Una vez verificados los requisitos, los proyectos ingresarán a la Cámara de Diputados de la Nación para su tratamiento parlamentario. La obligación constitucional de tratarlos dentro de los doce meses permanece vigente, aunque no implica que el Congreso deba aprobarlos. La Cámara Nacional Electoral comunicará la acordada a la Cámara de Diputados y a los jueces federales con competencia electoral de todo el país, y la puesta en marcha del sistema quedará sujeta a las definiciones técnicas que adopte el área informática del tribunal.

    Fuente: Infobae

    Compartir