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    Nación.Fondos de Asistencia Laboral

    El Gobierno postergó la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral

    El Gobierno nacional prorrogó hasta el 1° de diciembre la implementación de los Fondos de Asistencia Laboral y duplicó el período de carencia del sistema.

    1 min de lectura

    Decreto 1228/2026 sobre Fondos de Asistencia Laboral
    Foto: El Once

    El Gobierno nacional ha decidido postergar la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) hasta el 1° de diciembre de 2026. Esta medida fue establecida mediante el Decreto 1228/2026, firmado el 19 de octubre y publicado en el Boletín Oficial.

    Además de la postergación, se amplió el período de carencia del sistema, que pasó de seis a doce meses. Esta modificación busca permitir a los empleadores del sector privado constituir fondos destinados a cubrir obligaciones laborales derivadas de la finalización de relaciones laborales.

    La decisión responde a la necesidad de completar procedimientos operativos y adecuar sistemas informáticos antes de la implementación del mecanismo. Según los fundamentos oficiales, se requiere la coordinación de organismos públicos y entidades del mercado de capitales para su correcto funcionamiento.

    El artículo 2° del decreto establece que la entrada en vigencia del régimen se trasladó del 1° de noviembre al 1° de diciembre de 2026. Originalmente, la Ley de Modernización Laboral había fijado el inicio para el 1° de junio, pero el Decreto 408/2026 había prorrogado esa fecha hasta noviembre.

    Las entidades encargadas de instrumentar los fondos solicitaron más tiempo para desarrollar herramientas y procedimientos necesarios. La ampliación del período de carencia permitirá acumular recursos suficientes para atender las obligaciones del régimen y preservar su estabilidad financiera.

    Las autoridades señalaron que el plazo anterior de seis meses era insuficiente para la conformación de los recursos iniciales. La modificación se produjo tras la solicitud de la Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión (CAFCI) y otras entidades, que plantearon la necesidad de contar con más tiempo para completar los desarrollos técnicos y operativos.

    Los Fondos de Asistencia Laboral deberán instrumentarse mediante fondos comunes de inversión abiertos y fideicomisos financieros, bajo el control de la Comisión Nacional de Valores (CNV). El régimen está destinado a los empleadores del sector privado, excluyendo las relaciones laborales del sector público nacional, provincial y municipal.

    Fuente: El Once

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