Nación.Financiamiento universitario
El Gobierno apeló el fallo que ordenó aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
El Gobierno apeló un fallo que declaró inconstitucional el decreto que condicionaba la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario. La Cámara revisará la decisión.
El Gobierno apeló el fallo dictado por el juez federal Martín Cormick, quien declaró la inconstitucionalidad del decreto 759/2025. Este decreto, promulgado por el Poder Ejecutivo, condicionaba la ejecución de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente a la determinación de fuentes de financiamiento y la incorporación de partidas al presupuesto.
Días atrás, Cormick hizo lugar a un amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional, universidades y docentes, argumentando que el Poder Ejecutivo no podía condicionar la aplicación de una ley aprobada por el Congreso, a pesar del veto presidencial. Por ello, ordenó al Gobierno nacional el cumplimiento inmediato de la ley, incluyendo la creación de las normas reglamentarias necesarias.
El caso ahora será revisado por la Cámara Contencioso Administrativo Federal.
La Ley 27.795 fue sancionada en agosto de 2025 y posteriormente vetada por Javier Milei. Sin embargo, el Congreso insistió en su aprobación con los dos tercios necesarios en ambas cámaras, rechazando el veto el 17 de septiembre y completando el trámite el 2 de octubre. Esta norma contempla la actualización de los gastos de funcionamiento de las universidades públicas, la recomposición de salarios docentes y no docentes, y de las becas estudiantiles según la inflación, además de establecer la convocatoria obligatoria a paritarias y partidas destinadas a investigación.
A pesar de la promulgación de la ley mediante el decreto 759/2025, el Ejecutivo condicionó su ejecución hasta que se identificaran los recursos necesarios. Para justificar esta decisión, invocó el artículo 5 de la Ley 24.629, que exige prever el financiamiento de nuevas normas que impliquen gastos.
El conflicto derivó en una presentación judicial del Consejo Interuniversitario Nacional y las universidades. En diciembre de 2025, Cormick dictó una medida cautelar que ordenó aplicar los artículos 5 y 6 de la ley, referidos a salarios y becas. Esta decisión fue confirmada por la Cámara y quedó firme el 25 de junio de 2026, cuando la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso del Estado.
El conflicto continuó en septiembre, cuando el magistrado intimó al Gobierno a acreditar el cumplimiento total de la cautelar en cinco días, bajo apercibimiento de multas diarias. El Ejecutivo cuestionó esta resolución, argumentando que ya había cumplido con las obligaciones mediante aumentos salariales y actualizaciones de becas. La sentencia del 6 de octubre, ahora apelada, ordenó el cumplimiento inmediato de la ley, considerando que el mecanismo utilizado para suspenderla operó como un nuevo veto no previsto en la Constitución.
Fuente: Ámbito