Nación.Propiedad Privada
Diputados aprobó la ley de Propiedad Privada y reincorporó restricciones a la compra de tierras
La Libertad Avanza cedió en la derogación de las restricciones a la venta de campos a extranjeros, vinculando este punto al decreto de necesidad y urgencia.
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el oficialismo y que contaba con media sanción del Senado de la Nación. La votación resultó en 124 votos a favor, 119 en contra y seis abstenciones, siendo la abstención de los diputados de Córdoba clave para el triunfo del Gobierno.
Durante el debate, el bloque de La Libertad Avanza (LLA) tuvo que ceder en un punto controvertido: la venta de tierras a extranjeros, que buscaba derogar la Casa Rosada. En este contexto, se reincorporó la vigencia de la ley de tierras de la administración kirchnerista de 2011, lo que implica que el proyecto de ley deberá regresar al Senado para su aprobación con los cambios introducidos.
El proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada establece requisitos más estrictos para las expropiaciones, exigiendo que el bien a expropiar tenga una declaración de utilidad pública y que se realice un pago previo de indemnización a valor de mercado, incluyendo el reconocimiento del lucro cesante. Los críticos advierten que esto complicará la realización de obras públicas que requieran la incorporación de propiedad privada.
Otro eje del proyecto es el de los desalojos de inmuebles ocupados, que se tramitarán mediante juicios sumarísimos. Se establece un plazo de protección de diez días para personas vulnerables. Según Santiago Santurio (LLA), la agilización de los desalojos busca restituir rápidamente los inmuebles a sus propietarios, argumentando que la ocupación desalienta la oferta de alquileres.
Para inmuebles de uso habitacional, el locador debe intimar fehacientemente al pago y otorgar un plazo mínimo de 10 días corridos. Si el inquilino no regulariza la deuda, el propietario puede iniciar la acción de desalojo, que se tramitará en un plazo adicional de 10 días hábiles. En casos de desalojo por falta de pago, se prevé la posibilidad de obtener la desocupación inmediata bajo caución juratoria, con multas para propietarios que oculten información.
Cuando en el inmueble residan menores, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, el juez debe involucrar a organismos competentes para asegurar una alternativa habitacional transitoria, sin que esto paralice el proceso de fondo.
Fuente: Infobae