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    Nación.Impuestos y reforma tributaria

    ARCA reglamentó Inocencia Fiscal II: quiénes pueden adherir y qué cambia desde ahora

    ARCA amplió el régimen de Ganancias simplificado, eliminando los límites de ingresos y patrimonio, e incorporando nuevos contribuyentes y funcionarios públicos.

    1 min de lectura

    Imagen sobre la reglamentación de Inocencia Fiscal II por ARCA
    Foto: Ámbito

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado cambios significativos en el régimen de Ganancias simplificado a través de la Resolución General 5.916/2026, que modifica el procedimiento de la declaración jurada simplificada. Esta medida elimina los límites de ingresos y patrimonio que anteriormente restringían el acceso al régimen, permitiendo que más contribuyentes puedan presentar sus declaraciones.

    Con la nueva normativa, ya no se aplicarán los topes de $1.000 millones de ingresos anuales y $10.000 millones de patrimonio. Esto significa que tanto personas humanas como sucesiones indivisas podrán optar por la declaración jurada simplificada sin importar el volumen de sus ingresos o patrimonio, siempre que cumplan con los requisitos restantes.

    Sin embargo, los grandes contribuyentes y ciertos funcionarios públicos podrán utilizar este sistema, pero no accederán a los beneficios fiscales que se otorgan a quienes cumplen con las condiciones generales del régimen. Esto incluye la presunción de exactitud sobre declaraciones anteriores y el efecto liberatorio del pago respecto del período declarado.

    Otro cambio importante es la consideración de la residencia fiscal. Generalmente, los contribuyentes deberán ser residentes fiscales en Argentina durante todo el período de la declaración, aunque para el ejercicio fiscal 2025 se permitirá una excepción que facilitará la transición al nuevo sistema.

    La normativa también aclara que la falta de bancarización de una operación no será motivo de exclusión del régimen simplificado, aunque ARCA mantendrá sus facultades para verificar la legitimidad de las operaciones y fiscalizar las declaraciones.

    Para aquellos que ya presentaron su declaración de Ganancias bajo el régimen general, existe la opción de optar por la modalidad simplificada, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se presente dentro del plazo establecido. El vencimiento para las declaraciones juradas de Ganancias del período fiscal 2025 es el 30 de octubre de 2026.

    Los interesados en adherirse al nuevo régimen deberán hacerlo a través de los servicios digitales de ARCA, utilizando su Clave Fiscal de nivel de seguridad 3 o superior.

    Fuente: Ámbito

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