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    Nación.Sistema de retenciones

    ARCA modificó el sistema de retenciones de IVA

    ARCA incorporó nuevos regímenes de retención y percepción del IVA al sistema SIRE. La utilización será obligatoria desde abril de 2027 para los agentes alcanzados.

    2 min de lectura

    Imagen sobre la modificación del sistema de retenciones de IVA por ARCA
    Foto: El Once

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha implementado cambios en los procedimientos para declarar e ingresar retenciones y percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) mediante la Resolución General 5921/2026, publicada en el Boletín Oficial. Esta medida establece la incorporación obligatoria de nuevos regímenes al Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE).

    Los agentes alcanzados deberán utilizar el nuevo sistema a partir del 1 de abril de 2027, siguiendo los procedimientos y condiciones establecidos por la Resolución General 3726 y sus modificatorias. Según ARCA, esta decisión forma parte de un proceso de simplificación y digitalización de los procedimientos relacionados con la información tributaria.

    Entre las actividades que estarán sujetas a estos nuevos regímenes se encuentran las empresas proveedoras de gas, electricidad y servicios de telecomunicaciones, así como operaciones vinculadas a honorarios profesionales. También se incluyen operaciones de compraventa de miel a granel, comercialización de leche fluida sin procesar de ganado bovino, compraventa de animales equinos destinados a faena y operaciones relacionadas con lana sucia.

    Además, la resolución abarca regímenes vinculados a operadores de caña de azúcar, algodón, materiales reciclables, servicios de limpieza, seguridad, recolección de residuos domiciliarios y ciertas actividades mineras.

    En el ámbito agropecuario, se incorporan regímenes relacionados con el Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas, así como con la producción y comercialización de haciendas y carnes porcinas, y el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA).

    Respecto a las percepciones, se incluyen operaciones de venta de bienes, locaciones y prestaciones gravadas que se cancelen mediante la entrega de granos no destinados a la siembra y legumbres secas, así como regímenes de percepción vinculados a las cadenas de comercialización de carnes bovinas, bubalinas y porcinas.

    ARCA ha establecido que los agentes de retención y percepción deberán registrarse en cada régimen correspondiente a través del servicio "Sistema Registral" con Clave Fiscal, seleccionando el código respectivo dentro de los regímenes identificados como "SIRE-IVA". Este alta tendrá efectos desde el período mensual en que se solicite.

    La Resolución General 5921/2026 entrará en vigencia el 1 de diciembre de 2026, aunque la utilización obligatoria del SIRE comenzará el 1 de abril de 2027. Los agentes podrán optar por utilizar el sistema anticipadamente desde la entrada en vigencia de la norma, lo que abarcará todos los regímenes obligatorios.

    ARCA también aclaró que las declaraciones originales o rectificativas de períodos anteriores deberán seguir realizándose mediante la versión vigente de SICORE. Los contribuyentes que ya hayan optado por utilizar SIRE para ciertos regímenes continuarán obligados a emplearlo según las disposiciones anteriores.

    Fuente: El Once

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