Estados Unidos.Requisitos sanitarios
Estados Unidos exigirá un nuevo requisito obligatorio para ingresar en avión desde noviembre
Desde el 3 de noviembre, Estados Unidos exigirá una declaración sanitaria obligatoria a pasajeros internacionales por el brote de ébola.
A partir del 3 de noviembre, Estados Unidos implementará una nueva disposición sanitaria para los pasajeros que ingresen al país por vía aérea. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) han establecido un requisito obligatorio para todos los vuelos internacionales con destino a Norteamérica.
Los viajeros deberán presentar una declaración firmada que certifique que no han estado en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos al embarque. Esta medida responde a un rebrote de ébola registrado en África central y busca evitar la propagación del virus mediante un período de vigilancia estricta.
Cualquier persona que haya estado físicamente en la República Democrática del Congo, incluso si solo realizó escalas sin descender del avión, deberá esperar 21 días completos fuera de dicho territorio antes de volar hacia Estados Unidos. Esta normativa es obligatoria para ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes, extranjeros de cualquier nacionalidad y miembros de tripulaciones de pasajeros o carga.
La regulación también se aplica a vuelos con destino final en Estados Unidos y a aquellos que utilicen aeropuertos estadounidenses como puntos de conexión. Sin embargo, están exentos de presentar la declaración aquellos aviones que sobrevuelen el espacio aéreo estadounidense sin aterrizar, así como las aeronaves que transporten pacientes con autorización gubernamental y en casos específicos de motivos humanitarios o evacuaciones médicas de emergencia.
Además, se han establecido condiciones especiales para quienes hayan permanecido en Uganda o Sudán del Sur durante los 21 días previos al vuelo. Los ciudadanos estadounidenses podrán ingresar a través de aeropuertos designados para someterse a controles sanitarios, mientras que los extranjeros y residentes permanentes legales no podrán ingresar hasta cumplir con el plazo de 21 días desde su salida de esos países.
Las compañías aéreas serán responsables de implementar los medios necesarios para recopilar y conservar las declaraciones de cada pasajero durante al menos 42 días, verificando la documentación antes del embarque.
La orden emitida por los CDC se mantendrá vigente hasta el 18 de diciembre, a menos que sea modificada o rescindida según la evolución epidemiológica del brote.
Fuente: El Once